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viernes, 8 de noviembre de 2013

LAS CIFRAS DE DESEMPLEO EN ESPAÑA EN OCTUBRE 2013



De acuerdo con las cifras publicadas por la seguridad social el número de desempleados al final de octubre creció en 87028 comparados con el mes de septiembre. Esta cifra es la mejor de cualquier mes de octubre desde el 2010.  En datos anualizados es el primer descenso de desempleados desde Mayo 2007.

Ajustando por la estacionalidad el desempleo se redujo en 8239 personas continuando la tendencia de los últimos 3 meses. Normalmente octubre suele ser un mal mes para el desempleo. No obstante las cifras ajustadas por estacionalidad pueden indicar que ya hemos dejado atrás la peor parte de la crisis. 

En el sector de la construcción el desempleo se redujo en 10367 personas durante el mes de octubre.  No obstante el número de personas desempleadas en este sector desde el 2007 ha crecido en 1.4 millones. Analizando otros sectores el desempleo creció en servicios, industria y agricultura. 

El total de contratos nuevos generados durante el mes fue de 1.582.400 lo que representa un incremento del 10.9% comparado con el año pasado. Pese a encontrarnos al final de la temporada estival el 93.5% los nuevos contratos son temporales y, además, el número de contratos temporales que se transforman en permanentes se redujo 5.4%. España ha dejado de destruir empleo, pero los nuevos puestos de trabajo son más precarios, peor pagados y de más corta duración.



El número de afiliados a la Seguridad Social, mejor medida de empleo, se incrementó en 54927 personas, dejando el número total de afiliados en 16.360.373 persona.  Esta es la mejor cifra para un mes de octubre desde 2007.  Es también la primera vez que el índice de Trabajadores Autónomos permanece estable desde 2008.  Desafortunadamente, están aumentando los contratos mercantiles sectores donde no eran habituales. Las cifras ajustadas estacionalmente reflejan datos aún mejores, incrementando el empleo en 71245 personas, aumentando en todos los sectores excepto en la construcción que permanece estable.

El número de afiliados ha crecido también en el sector servicios, incluso teniendo en cuenta que octubre suele ser especialmente negativo en este sector;  esto puede ser debido a una mejoría de la situación pero también puede explicarse por las altas temperaturas que han podido provocar la extensión de los contratos de la temporada de verano. Por tanto tendremos que esperar a los datos de noviembre para poder analizarlo con más profundidad.

En resumen, parece que el desempleo empieza a recuperarse y que hemos dejado atrás el peor escenario de la crisis.  Las afiliaciones continúan cayendo en términos anuales pero a un ritmo mucho menor.  Como punto negativo, debemos destacar que la temporalidad sigue siendo una característica del mercado laboral español.


Publicado por Jaime Madariaga



jueves, 31 de octubre de 2013

¿AMENAZA DE DEFLACIÓN EN ESPAÑA?

La noticia económica de la semana ha sido la bajada de la tasa de inflación en España hasta niveles negativos (-0,1% de inflación acumulada en los últimos 12 meses).

La deflación es una de las consecuencias más temidas de toda crisis económica: refleja la imposibilidad de mantener los niveles de precios actuales, viéndose la economía nacional en su conjunto obligada a reducir precios de forma consistente para poder vender sus productos y servicios. 

Pero, ¿cómo afecta la deflación? Al caer los precios, se reducen los ingresos de las empresas. Como los costes de producción no disminuyen, las compañías recortan la inversión y el empleo. Así que se entra en un círculo vicioso en el que cada vez es más pequeña la masa salarial y también la demanda, lo que implica menos ventas. A la vez, los consumidores retrasan sus compras y las empresas sus gastos, al creer que más tarde todo será más barato. Por si fuera poco, la situación se ve agravada porque el peso de las deudas en relación con los salarios aumenta y, con él, el riesgo para el sistema financiero. Ante esta coyuntura, aumenta la prima de riesgo de los bancos, que reducen la oferta de crédito.

¿Podemos hablar de deflación en España? La respuesta, en la situación actual, es negativa. Para poder considerarse una situación deflacionaria, el índice de precios al consumo (IPC) debe mantenerse permanentemente en negativo durante un periodo largo de tiempo (al menos 6 meses); por tanto, un sólo dato negativo no puede considerarse como deflación. Además, la economía española está comenzando a dar signos de recuperación (todavía débil) y debemos considerar también qué conceptos han provocado esa bajada puntual de precios, que en el caso español son:

  • Bajada de precios del petróleo.

  • Efectos de la subida del IVA (tras la subida del IVA, algunas empresas decidieron asumir esa subida rebajando sus precios en el mismo porcentaje).

De hecho, es más adecuado centrarse en la inflación subyacente para analizar la evolución de los precios en una economía: la inflación subyacente o básica se centra en la evolución de los precios de los productos y servicios más estables, excluyéndose normalmente los precios de la energía (gasolina, electricidad, gas), alimentos y concertados (telefonía, transporte, etc.).

La inflación subyacente a final de Septiembre del 2013 se encontraba en el 0,8% interanual, todavía bien lejos de niveles deflacionarios. 

Los datos que estamos analizando son indicadores adelantados, ya que los datos definitivos de inflación de Octubre se publicarán el 13 de Noviembre pero podemos afirmar que España no se encuentra en deflación y que, en la coyuntura económica actual, es muy complicado que España pueda caer en una situación deflacionaria.

Para conocer más detalles sobre la inflación en España recomiendo ver un informe mensual del IPC del Instituto Nacional de Estadística.

Publicación por: Jaime Madariaga.

jueves, 24 de octubre de 2013

ACTIVOS FINANCIEROS MANTENIDOS PARA NEGOCIAR VS ACTIVOS FINANCIEROS DISPONIBLES PARA LA VENTA

Los activos financieros se encuentran regulados en la norma novena del plan general contable.

En ella se establece que todos los activos financieros han de ser cateogrizados en una serie de carteras predefinidas que condicionan su reconocimiento, valoración y contabilización.

La inclusión de un activo en una cartera u otra dependerá de la naturaleza del activo y de la intencionalidad de la empresa respecto al mismo, es decir, si su intención es mantener la inversión en un plazo de tiempo determinado (bien porque tenga un vencimiento fijo como una imposición bancaria, porque quiera permanecer en el capital de una empresa para ejercer un cierto control en su accionariado o bien porque tenga intención de rentabilizar un excedente de tesorería pero sin un plazo definido), o por el contrario adquiere una finalidad especulativa de corto plazo.

En este sentido, existen dos carteras que reflejan separadamente esta intencionalidad de la empresa.
La cartera de activos financieros mantenidos para negociar marcada por su finalidad especulativa; y la cartera de disponibles para la venta que incluye inversiones sin esa finalidad y que no caigan dentro del resto de categorías que tiene definido el plan general contable. En este sentido, matizamos que existen carteras específicas para valorar los derechos de cobro, las inversiones financieras mantenidas a vencimiento, la participación en fondos propios de empresas del grupo y similares, así como otra para recoger los activos financieros híbridos.

Podríamos resumir que las acciones en general, los títulos de renta fija (sin esperar a vencimiento), y los derivados (que no sean de cobertura ni formen parte de un instrumento híbrido), tenemos que clasificarlo dentro de estas dos carteras.

Consideraremos el caso más común es el que hace referencia a acciones cotizadas en un mercado oficial por simplicidad. Remarcamos que los instrumentos financieros son muy diversos entre sí y según sus características e intención de la empresa las opciones de incluirle en alguna de las carteras definidas en la Norma de Registro y Valoración  número 9 del Plan General Contable dependerá de cada caso concreto.

Pues bien, tenemos que atender a la intencionalidad de la empresa en relación al activo que puede ser:

-    Con fines especulativos en cuyo caso formaría parte de la cartera de negociación
-    Con fines de permanencia relativa en el tiempo, como inversor que busca una rentabilidad pero no a corto plazo

Valoración inicial:

En ambos casos se valorarán por su valor razonable, es decir, por el valor de la contraprestación entregada, o lo que es lo mismo, por el precio pagado.

Sin embargo, en cuanto a los gastos originados en la compra, el tratamiento es diferenciado. Serán mayor valor del activo financiero cuando se clasifique como disponible para la venta y se imputará a resultados cuando se hayan adquirido con fines especulativos.

Valoración al cierre:

Al cierre del ejercicio tenemos que ajustar el valor de las inversiones financieras conforme a los nuevos precios de mercado. Las diferencias surgidas tienen un tratamiento bien diferenciado.

Para la cartera de negociación la diferencia en la valoración se imputará a una cuenta de ingreso o de gastos, llevándose a resultados y tributando por ella, mientras que en el caso de disponible para la venta la diferencia de valoración habida se imputará directamente a patrimonio neto a través de cuentas de los grupos 8 y 9 que se saldan en la cuenta 133.

En este caso, cuando se materialice la venta real, se producirá un resultado y se tributará por el mismo, recogiéndose el resultado en cuentas ya del grupo 6 y 7.

Baja en contabilidad:

Cuando se lleva a cabo la venta de un activo mantenido para negociar se usan las mismas cuentas utilizadas para recoger diferencias a cierre de ejercicio, mientras que en el caso de que sea un activo disponible para la venta se emplean cuentas del grupo 6 y 7 y se liquida el saldo de la cuenta 133 si tuviese algún remanente pendiente asociado.

Incidencia fiscal:

En los activos financieros mantenidos para negociar todas las diferencias valorativas surgidas durante el tiempo de permanencia en el patrimonio de la empresa implica su tributación, mientras que en los activos disponibles para la venta la tributación sólo se produce cuando la enajenación es efectiva, es decir, se ha materializado el beneficio o pérdida de la tenencia del activo financiero.





 Publicado por Carlos Gutierrez Gómez